La UME fue creada oficialmente en 2005, mediante acuerdo del Consejo de Ministros, como una respuesta a la necesidad del Estado de contar con una unidad especializada en emergencias. Este acto se fundamentó en la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional, que
establece el marco jurídico para que las Fuerzas Armadas puedan intervenir en casos de grave riesgo, catástrofes o calamidades.
Un año después, en 2006, el Real Decreto 416/2006 consolidó la organización inicial y el despliegue de la Unidad Militar de Emergencias, permitiendo su desarrollo en todo el territorio nacional. Este decreto estableció que la UME no solo se encargaría de la preparación de la fuerza, sino que sería la unidad operativa de primera intervención en situaciones de emergencia. Este Real Decreto fue modificado posteriormente por las órdenes DEF 896/2013 de 16 de mayo y DEF 1631/2014 del 3 de septiembre. Actualmente se encuentra en vigor el Real Decreto 521/2020 del 19 de mayo, por el que se establece la organización básica de las FAS.
La evolución continuó con el Real Decreto 1097/2011, que aprobó el Protocolo de Intervención de la Unidad. Este documento especifica las situaciones en las que la UME puede ser activada, desastres naturales, incendios forestales, riesgos tecnológicos como emergencias químicas, nucleares, biológicas y radiológicas, así como atentados terroristas. Además, puede ser activada en emergencias internacionales, como parte del Mecanismo de Protección Civil de la Unión Europea y el Grupo Internacional de Asesoramiento en Búsqueda y Rescate (INSARAG) de Naciones Unidas. De esta manera, su enfoque es trabajar en sinergia con otros cuerpos y responder eficazmente mediante estrategias de planificación y organización, con un fuerte énfasis en la colaboración interinstitucional, tanto a nivel nacional como en cooperación internacional, cuando así lo requieren los compromisos y tratados de ayuda humanitaria.
En 2015, la Ley 17/2015 del Sistema Nacional de Protección Civil reforzó el papel de la Unidad Militar de Emergencias, otorgándole la consideración de “servicio público de intervención y asistencia en emergencias”. Esta ley establece que, en emergencias de interés nacional, la UME dependería directamente del Ministerio de Defensa, lo que permite una activación más rápida y eficaz en situaciones de emergencia.
La UME, por tanto, actúa cuando es convocada para intervenir en situaciones de emergencia que superan las capacidades de las autoridades civiles o en las que su presencia es indispensable, para apoyar las acciones en el territorio nacional o internacional. Su despliegue responde a una orden directa del Gobierno español y su actuación se orienta en proteger a la ciudadanía, restaurar el orden y salvaguardar infraestructuras críticas.
El segundo hito ha sido la definición y publicación de la Estrategia de Seguridad Nacional (ESN) en 2017. Este documento declara como uno de sus objetivos la consolidación del Sistema Nacional de Protección Civil, a fin de integrar todas las capacidades de España para gestionar la respuesta ante emergencias y catástrofes. Para ello, establece la colaboración de todas las Administraciones. La UME, como principal capacidad de las Fuerzas Armadas de intervención en el ámbito de la Protección Civil a nivel estatal, no puede ser ajena a ese compromiso.
El tercer hito ha sido la entrada en vigor del Real Decreto 1399/2018 de 23 de noviembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa. El artículo 3 de este Real Decreto establece que la UME pasa a depender directamente del titular del Ministerio de Defensa, agilizando el procedimiento de activación de esta unidad, a la que se exige permanente disponibilidad e intervención inmediata.
La constante evolución de la sociedad española hace necesario actualizar el marco jurídico de la UME y esto se consigue con la Orden DEF/160/2019.
En 2019, la Orden DEF/160/2019, destacó la necesidad de adaptar el marco jurídico de la Unidad a la evolución de la sociedad y nuevas amenazas. Esta forma subraya el carácter militar de sus actuaciones y refuerza su capacidad para operar tanto dentro como fuera del territorio nacional, tal y como se demostró en operaciones como “Balmis” y “Misión Baluarte”.
Finalmente, en 2020, el Real Decreto 521/2020 consolidó la estructura y las capacidades de la Unidad Militar de Emergencias, asegurando que la Unidad siga siendo una herramienta clave en la respuesta del Estado a emergencias, siempre lista para actuar con disponibilidad inmediata y
una coordinación operativa avanzada.
El General Jefe de la UME (GEJUME), a las órdenes del titular del Departamento, ejerce el mando de la Unidad y le corresponde bajo la dirección del Ministro del Interior, la Dirección Operativa de las Emergencias declaradas de interés nacional.
A lo largo de su historia, la UME ha ido adaptándose y evolucionando mediante un marco legislativo que ha perfeccionado su estructura, consolidándose como una unidad esencial no solo para la defensa nacional, sino también para la protección civil en situaciones críticas.
Con una estructura ágil y eficaz, la UME es un recurso esencial en la respuesta del Estado ante emergencias, tanto dentro como fuera de España. Sus efectivos están altamente preparados para actuar en situaciones críticas, con capacidad de mando y control, así como para operar en misiones internacionales de apoyo humanitario o de rescate, siempre al servicio de la seguridad y del bienestar de los ciudadanos.